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La solicitud de la CIDH en favor de los pobladores de la Oroya
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La solicitud de la CIDH en favor de los pobladores de la Oroya
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado Peruano, la implementación de medidas cautelares urgentes para proteger la salud, la integridad y la vida de los pobladores de La Oroya por la grave contaminación ambiental generada por el Complejo Metalúrgico de Doe Run Perú. Esta decisión beneficiará por ahora, a sesenta y cinco personas, incluyendo más de treinta niños en estado de vulnerabilidad y a adultos que sufren de graves problemas respiratorios.
La CIDH ordena al Estado brindar diagnóstico medico especializado para las personas afectadas por la contaminación y al mismo tiempo, solicita al Gobierno, proveer de tratamientos medicos especializados para cualquier individuo en situación de peligro de muerte o daño irreparable, pues los habitantes de La Oroya respiran un aire contaminado con plomo, dióxido de azufre, arsenico y cadmio, en proporciones varias veces superiores a los mínimos permitidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Para Carlos Chirinos, director del Programa de Defensa del Interes Ciudadano de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), organización que solicitó se tomen estas acciones, es trascendental que la CIDH haya vinculado el tema de derechos humanos a un tema de desarrollo industrial, sobre todo cuando en el Perú se viene desarrollando la actividad minera en gran escala y el Estado, aún no tiene claro su rol como garante, para que las actividades extractivas se realicen respetando la vida de los ciudadanos.
“Hay algunos criterios que tener en cuenta, en primer lugar que se garantice la existencia de un fondo específico para la implementación del diagnóstico y el seguimiento epidemiológico de estas medidas. En segundo lugar, que este fondo sobre el cual tiene que aportar tanto la empresa pero fundamentalmente el Estado, tiene que estar gestionado por una autoridad independiente que con conocimiento de causa pueda asignar los recursos en función al diagnóstico que se vaya a hacer y de ninguna manera se pueda apelar al argumento que este es un asunto tecnico, que requiere de análisis científico, para que no haya una respuesta inmediata”, refirió.
En ese sentido dijo que los resultados tendrán que ser puestos en conocimiento de la población de La Oroya y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por una autoridad autónoma que realice un seguimiento de las mismas.
Las medidas solicitadas son fundamentales, pues reiteran lo dicho el año pasado por el Tribunal Constitucional Peruano que consideró insuficientes las acciones de prevención y atención a la salud que promueve el Estado, sostuvo Astrid Puentes, directora legal de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Recordó además que La Oroya es una de las diez ciudades más contaminadas del mundo, donde la mayoría de personas no tiene un diagnóstico especializado, pues las condiciones medicas en esta ciudad son insuficientes, por lo que dijo, continuarán vigilantes.
“AIDA y las otras organizaciones que trabajamos en este caso, definitivamente vamos a seguir vigilantes para que se cumplan estas medidas cautelares urgentes, así como el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional y de las normas que se aplican en Perú para el manejo de esta situación, sobretodo porque hay muchas medidas que la empresa puede y debe implementar para controlar la contaminación y desafortunadamente aunque ellos insisten en que las están implementando, lo que se ha evidenciado es que no las están cumpliendo. En lo que vamos a seguir insistiendo es que controlen las emisiones al aire, para que se protejan a los niños y adultos de la población”, mencionó.
El hecho que la CIDH demande al Estado adoptar medidas para proteger la vida de los pobladores de La Oroya, es un precedente importante para que se genere cierta presión en el Estado peruano y este se de cuenta que estamos frente a un problema grave que está en la obligación de remediar, afirmó Javier Torres, presidente de la Asociación Civil Servicios Educativos Rurales (SER).
Asimismo señaló que ya es hora que el Estado atienda a los ciudadanos que son contaminados constantemente por los gases tóxicos que las empresas mineras emanan.
“Creemos que abre una posibilidad enorme para que el Estado cumpla con estas medidas que se plantean y que el ministerio de Salud y no sólo el ministerio de Energía y Minas, tomen las medidas correspondientes. Una medida como esta debe llamar la atención del Estado, porque es el que tiene que empezar a solucionar este tipo de problemas sin necesidad de que tengamos que llegar a estas instancias supranacionales, pero lamentablemente en estos temas, el Estado siempre asume la defensa de los intereses de la empresa, por encima de los intereses de los ciudadanos, que son los intereses que tiene que defender, preservar y proteger. Lamentablemente mientras el Estado no cambie su mirada del problema, los ciudadanos vamos a tener que apelar a estas instancias supranacionales”, dijo.
Precisamente este pedido de la máxima instancia en materia de Derechos Humanos se ejecuta en nuestro país, justo cuando se viene debatiendo la realización de una consulta popular en tres distritos de Piura respecto a la aprobación o no de la minera Majaz, hecho que abre el debate sobre si la licencia social debe ser un argumento indispensable para que una empresa inicie sus operaciones y en un futuro se eviten riesgos en las comunidades, sobre todo si se afecta la agricultura y la forma de vida de los pobladores.
El ex ministro de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi señaló que el resultado de la consulta popular es legítimo, pues representa un medio de expresión al que tiene derecho la población.
Además resaltó que el Estado debe tratar de ganar la confianza de esta y otras poblaciones, con el objetivo de evitar conflictos, pues señaló que no se trata de desconocer derechos o imponer posiciones, sino de dialogar.
“El gobierno a traves de sus distintos entes, lo que dice es que el tema no es legal, pueda que no sea legal y que efectivamente se de la consulta, haya un resultado, pero que ese resultado no surja efecto desde el punto de vista legal, pero este no deja de ser legítimo. El resultado de la consulta, es la expresión de una población que tiene derecho a emitir una opinión sobre el tema”, afirmó.
La Defensora del Pueblo Beatríz Merino reiteró que la consulta vecinal que se llevará a cabo el 16 de septiembre en los distritos de Ayabaca, Pacaipampa y Carmen de la Frontera es legal y está amparada en la Constitución, pero aclaró que no es vinculante y no constituye derecho de veto de las comunidades para las actividades extractivas, pero que sí debe enriquecer la decisión del Estado en esta materia.
“Para la Defensoría del Pueblo, la consulta que se va a llevar a cabo este domingo 16 es un derecho constitucional que tiene consigo componentes como el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la participación y a la reunión”, aclaró.
Cabe indicar que este organismo, en un informe emitido en noviembre del 2006 estableció que la presencia de minera Majaz era irregular, pues los procedimientos que utilizó dicha compañía para la obtención del permiso no fueron los apropiados.
Pero ambos casos no son los únicos en el tapete, pues la Asociación Interetnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidepsep) ha solicitado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) paralizar las operaciones petroleras de las empresas Barrett Resources y Repsol YPF en los lotes 67 y 39, respectivamente, debido a que el accionar que estas empresas tienen en la selva de Loreto ponen en riesgo a cinco pueblos indígenas en aislamiento voluntario.
El gobierno está en la obligación de atender a esta y a todas las comunidades afectadas por la actividad minera, así como implementar las medidas de urgencia dictadas por la CIDH. Además es importante que se tome en cuenta la opinión de las comunidades que podrían verse afectadas por la actividad extractiva, pues el Estado no puede evadir su responsabilidad y debe garantizar que no se afecte la salud de los peruanos, que en su mayoría viven en la pobreza.
La CIDH ordena al Estado brindar diagnóstico medico especializado para las personas afectadas por la contaminación y al mismo tiempo, solicita al Gobierno, proveer de tratamientos medicos especializados para cualquier individuo en situación de peligro de muerte o daño irreparable, pues los habitantes de La Oroya respiran un aire contaminado con plomo, dióxido de azufre, arsenico y cadmio, en proporciones varias veces superiores a los mínimos permitidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Para Carlos Chirinos, director del Programa de Defensa del Interes Ciudadano de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), organización que solicitó se tomen estas acciones, es trascendental que la CIDH haya vinculado el tema de derechos humanos a un tema de desarrollo industrial, sobre todo cuando en el Perú se viene desarrollando la actividad minera en gran escala y el Estado, aún no tiene claro su rol como garante, para que las actividades extractivas se realicen respetando la vida de los ciudadanos.
“Hay algunos criterios que tener en cuenta, en primer lugar que se garantice la existencia de un fondo específico para la implementación del diagnóstico y el seguimiento epidemiológico de estas medidas. En segundo lugar, que este fondo sobre el cual tiene que aportar tanto la empresa pero fundamentalmente el Estado, tiene que estar gestionado por una autoridad independiente que con conocimiento de causa pueda asignar los recursos en función al diagnóstico que se vaya a hacer y de ninguna manera se pueda apelar al argumento que este es un asunto tecnico, que requiere de análisis científico, para que no haya una respuesta inmediata”, refirió.
En ese sentido dijo que los resultados tendrán que ser puestos en conocimiento de la población de La Oroya y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por una autoridad autónoma que realice un seguimiento de las mismas.
Las medidas solicitadas son fundamentales, pues reiteran lo dicho el año pasado por el Tribunal Constitucional Peruano que consideró insuficientes las acciones de prevención y atención a la salud que promueve el Estado, sostuvo Astrid Puentes, directora legal de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Recordó además que La Oroya es una de las diez ciudades más contaminadas del mundo, donde la mayoría de personas no tiene un diagnóstico especializado, pues las condiciones medicas en esta ciudad son insuficientes, por lo que dijo, continuarán vigilantes.
“AIDA y las otras organizaciones que trabajamos en este caso, definitivamente vamos a seguir vigilantes para que se cumplan estas medidas cautelares urgentes, así como el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional y de las normas que se aplican en Perú para el manejo de esta situación, sobretodo porque hay muchas medidas que la empresa puede y debe implementar para controlar la contaminación y desafortunadamente aunque ellos insisten en que las están implementando, lo que se ha evidenciado es que no las están cumpliendo. En lo que vamos a seguir insistiendo es que controlen las emisiones al aire, para que se protejan a los niños y adultos de la población”, mencionó.
El hecho que la CIDH demande al Estado adoptar medidas para proteger la vida de los pobladores de La Oroya, es un precedente importante para que se genere cierta presión en el Estado peruano y este se de cuenta que estamos frente a un problema grave que está en la obligación de remediar, afirmó Javier Torres, presidente de la Asociación Civil Servicios Educativos Rurales (SER).
Asimismo señaló que ya es hora que el Estado atienda a los ciudadanos que son contaminados constantemente por los gases tóxicos que las empresas mineras emanan.
“Creemos que abre una posibilidad enorme para que el Estado cumpla con estas medidas que se plantean y que el ministerio de Salud y no sólo el ministerio de Energía y Minas, tomen las medidas correspondientes. Una medida como esta debe llamar la atención del Estado, porque es el que tiene que empezar a solucionar este tipo de problemas sin necesidad de que tengamos que llegar a estas instancias supranacionales, pero lamentablemente en estos temas, el Estado siempre asume la defensa de los intereses de la empresa, por encima de los intereses de los ciudadanos, que son los intereses que tiene que defender, preservar y proteger. Lamentablemente mientras el Estado no cambie su mirada del problema, los ciudadanos vamos a tener que apelar a estas instancias supranacionales”, dijo.
Precisamente este pedido de la máxima instancia en materia de Derechos Humanos se ejecuta en nuestro país, justo cuando se viene debatiendo la realización de una consulta popular en tres distritos de Piura respecto a la aprobación o no de la minera Majaz, hecho que abre el debate sobre si la licencia social debe ser un argumento indispensable para que una empresa inicie sus operaciones y en un futuro se eviten riesgos en las comunidades, sobre todo si se afecta la agricultura y la forma de vida de los pobladores.
El ex ministro de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi señaló que el resultado de la consulta popular es legítimo, pues representa un medio de expresión al que tiene derecho la población.
Además resaltó que el Estado debe tratar de ganar la confianza de esta y otras poblaciones, con el objetivo de evitar conflictos, pues señaló que no se trata de desconocer derechos o imponer posiciones, sino de dialogar.
“El gobierno a traves de sus distintos entes, lo que dice es que el tema no es legal, pueda que no sea legal y que efectivamente se de la consulta, haya un resultado, pero que ese resultado no surja efecto desde el punto de vista legal, pero este no deja de ser legítimo. El resultado de la consulta, es la expresión de una población que tiene derecho a emitir una opinión sobre el tema”, afirmó.
La Defensora del Pueblo Beatríz Merino reiteró que la consulta vecinal que se llevará a cabo el 16 de septiembre en los distritos de Ayabaca, Pacaipampa y Carmen de la Frontera es legal y está amparada en la Constitución, pero aclaró que no es vinculante y no constituye derecho de veto de las comunidades para las actividades extractivas, pero que sí debe enriquecer la decisión del Estado en esta materia.
“Para la Defensoría del Pueblo, la consulta que se va a llevar a cabo este domingo 16 es un derecho constitucional que tiene consigo componentes como el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la participación y a la reunión”, aclaró.
Cabe indicar que este organismo, en un informe emitido en noviembre del 2006 estableció que la presencia de minera Majaz era irregular, pues los procedimientos que utilizó dicha compañía para la obtención del permiso no fueron los apropiados.
Pero ambos casos no son los únicos en el tapete, pues la Asociación Interetnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidepsep) ha solicitado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) paralizar las operaciones petroleras de las empresas Barrett Resources y Repsol YPF en los lotes 67 y 39, respectivamente, debido a que el accionar que estas empresas tienen en la selva de Loreto ponen en riesgo a cinco pueblos indígenas en aislamiento voluntario.
El gobierno está en la obligación de atender a esta y a todas las comunidades afectadas por la actividad minera, así como implementar las medidas de urgencia dictadas por la CIDH. Además es importante que se tome en cuenta la opinión de las comunidades que podrían verse afectadas por la actividad extractiva, pues el Estado no puede evadir su responsabilidad y debe garantizar que no se afecte la salud de los peruanos, que en su mayoría viven en la pobreza.
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