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| TC rechaza hábeas corpus de acusado: caso Chuschi |
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El Tribunal Constitucional declaró improcedente un recurso de hábeas corpus que presentó el ex teniente EP Collins Collantes contra la sentencia que le impuso la Sala Penal Nacional de 14 años de prisión por el delito de desaparición forzada de autoridades del poblado ayacuchano de Chuschi en 1991.“Esta sentencia del Tribunal Constitucional marca un excelente precedente para las víctimas que en los años ochenta y noventa hayan sido desaparecidas por fuerzas del orden, pues evita que estas queden en el desamparo legal”, afirmó la abogada Gloria Cano. Manifestó que si bien nuestro ordenamiento jurídico penal no contemplaba el delito de desaparición en la época en que ocurrió la matanza de Chuschi, en marzo de 1991, el ordenamiento jurídico internacional sí lo validaba.“Eso es lo que ha sido tomado en cuenta por el Tribunal Constitucional para desatender el pedido de Collins Collantes”, anotó. La desaparición forzada es un delito de carácter permanente, es decir, mientras no se ubique el paradero de la víctima, ni se establezca dónde fueron enterrados sus restos, el delito se sigue cometiendo día a día, por lo tanto son pasibles de ser juzgados tal y como lo señala el Tribunal Constitucional, afirmó. El pasado 5 de febrero, la Sala Penal Nacional determinó la responsabilidad de Collantes Guerra y del ex miembro de la Policía Nacional, Luis Juárez Aspiro, condenándolos a 14 y 6 años de prisión efectiva, respectivamente.Los hechos se remontan al 14 de marzo de 1991, cuando una patrulla del Ejército del Cuartel Militar de Pampa Cangallo conformada por aproximadamente 25 soldados, ingresó a la localidad de Chuschi, provincia de Cangallo, Ayacucho. Una vez ahí, mientras algunos efectivos realizaban disparos y detonaban explosivos –aparentando una incursión senderista– militares junto a policías del puesto policial de Chuschi allanaban los domicilios de la localidad buscando a las autoridades civiles y comunales. Tras detenerlas las trasladaron al Cuartel Militar de Pampa Cangallo. Desde entonces, y pese a la presión de la comunidad ante diversas instancias del Estado y de organismos nacionales e internacionales, hasta la actualidad se desconoce el paradero de las víctimas, indica.En ese operativo se detuvo a Manuel Pacotaype Chaupín, alcalde de Chuschi; Martín Cayllahua Galindo, secretario edil; Marcelo Cabana Tucno, teniente gobernador y el menor Isaías Huamán Vilca, de quienes no se sabe nada. Entre los acusados se encuentran Mario Caldas Dueñas (no habido); y los miembros de la Policía, Luis Juárez Aspiro, Domingo Morales Ampudia, Luis Bobadilla Cuba, Stalin Rivera Herrera y José Leiva Casaverde. |
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El Tribunal Constitucional declaró improcedente un recurso de hábeas corpus que presentó el ex teniente EP Collins Collantes contra la sentencia que le impuso la Sala Penal Nacional de 14 años de prisión por el delito de desaparición forzada de autoridades del poblado ayacuchano de Chuschi en 1991.
Manifestó que si bien nuestro ordenamiento jurídico penal no contemplaba el delito de desaparición en la época en que ocurrió la matanza de Chuschi, en marzo de 1991, el ordenamiento jurídico internacional sí lo validaba.
El pasado 5 de febrero, la Sala Penal Nacional determinó la responsabilidad de Collantes Guerra y del ex miembro de la Policía Nacional, Luis Juárez Aspiro, condenándolos a 14 y 6 años de prisión efectiva, respectivamente.
Tras detenerlas las trasladaron al Cuartel Militar de Pampa Cangallo. Desde entonces, y pese a la presión de la comunidad ante diversas instancias del Estado y de organismos nacionales e internacionales, hasta la actualidad se desconoce el paradero de las víctimas, indica.
