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‘‘Los Estados deben extraditar o juzgar’’ PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Ana Núñez. Foto: Percy Ramírez. Diario La República. Publicado: 11-09-2007   
Sergio García Ramírez. Presidente de la Corte Interamericana de Derechos HumanosSergio García Ramírez. Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que si Chile no concede extradición, víctimas de derechos humanos sí podrían acudir a la Comisión Interamericana, que –a su vez– podría presentar una recomendación ante el organismo que preside.
 
El magistrado del organismo supranacional prefirió no referirse en concreto al caso Fujimori pero fue claro al señalar que "los Estados deben atender los requerimientos de extradición en casos de derechos humanos o bien juzgar a los acusados ellos mismos".

–Usted preside un organismo que hace respetar los derechos humanos y los casos más importantes por los que se pide la extradición de Fujimori a Chile son de derechos humanos...

–En efecto, yo soy presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que no juzga sobre responsabilidades individuales de personas, porque no es un tribunal penal. Así las cosas, yo no puedo expresar un punto de vista con posibles o reales responsabilidades penales de una persona en concreto. Los pronunciamientos de la Corte están en varias sentencias que tienen que ver con la persona a la que usted se refiere, pero nosotros no podemos emitir un juicio penal, eso les corresponde a las jurisdicciones internas.

–¿No tiene una opinión respecto de si Fujimori debe o no ser extraditado al Perú?

–Yo lo que considero es que la justicia chilena tiene que hacer lo que le corresponde hacer y la justicia peruana lo que le concierne. Pero ese no es un tema de la Corte Interamericana, ni es un tema sobre el cual pueda pronunciarme porque esa no es nuestra competencia. Nuestra competencia es otra y no la hemos evadido... nuestra competencia es pronunciarnos sobre casos de violación de derechos humanos, que se ha acreditado que la hay. Nosotros hemos precisado que hubo violaciones (del Estado peruano durante el gobierno de Alberto Fujimori), pero quién las cometió y de qué manera debe responder, esa no es competencia de la Corte.

–Pero para que se determinen las responsabilidades penales debe haber un juicio...

–Sí.

–Entonces, es necesario que Fujimori responda ante los tribunales por los crímenes que se le imputan...

–Es necesario que la persona que ha sido señalada como responsable de un delito sea juzgada por el tribunal penal correspondiente y que este establezca si esa persona ha cometido un delito y cuál es la sanción que le corresponde. Pero esto no es necesario sólo en el caso que usted ha señalado, sino en cualquier caso penal. Cualquier persona, en cualquier país del mundo, a la cual se le imputa haber cometido un delito, está llamada a responder ante los órganos judiciales correspondientes.

–Víctimas de derechos humanos de nuestro país han señalado que si Chile no concede la extradición, denunciarían a ese Estado ante la Corte Interamericana. ¿Es eso posible?

–No podrían acudir ante la Corte Interamericana porque esta ya ha emitido sentencia. Si creen que se ha cometido en agravio de ellos una nueva violación de derechos humanos, tendrían que acudir a la Comisión Interamericana. Si esta encuentra que hubo una nueva violación de derechos humanos, podría presentar una demanda ante la Corte.

–El que no se conceda una extradición y no se permita que se juzgue a una persona a la cual se le atribuye delitos de lesa humanidad podría considerarse una violación contra los derechos de estas personas

–Sí, podría serlo, y en el caso que así se estimase habría que acudir a la Comisión Interamericana que tras ventilar el caso emitiría una recomendación o demanda que podría o no llegar ante la Corte.

–¿Y esta demanda podría recomendar que Chile extradite a Fujimori?

–Eso correspondería resolver a la Comisión. Pero, bueno, yo no puedo pronunciarme sobre un caso en concreto, que es lo que usted me está pidiendo.

–Existe la figura de que todo crimen de lesa humanidad se puede juzgar en cualquier parte del mundo. Si no procede la extradición de Fujimori, ¿Chile debería juzgarlo?


–Eso habría que preguntarle a la justicia penal chilena, porque se trataría otra vez de justicia penal. Efectivamente existe una regla del derecho internacional penal –que no es el que aplica la Corte– en cuyos términos es obligación de un Estado juzgar o responder positivamente a una petición de extradición. Existe esa norma. Pero la forma en que esa norma debe operar le corresponde al Estado que va a aplicar, en ningún caso a la Corte Interamericana.

–¿Para el sistema interamericano de derechos humanos no es conveniente que salgan adelante todos los procesos que finalizarán con el juzgamiento de una persona a la cual se le imputan crímenes?


–Para el sistema interamericano es conveniente que se haga justicia en todos los casos.

 
Reacciones

"Perú dará su voto a Chile para que obtenga un puesto en el Consejo de DDHH de la ONU porque es un gobierno comprometido con la protección y defensa de los derechos humanos".

José A. García Belaunde
Canciller
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"Siempre la Corte Suprema (de Chile) ha emitido juicios adecuados, no creo que esta sea la excepción. Yo que llevo casi 20 años en el Poder Judicial, puedo decir que nadie presiona a nadie".

Juan Colombo
Presidente del Tribunal Constitucional de Chile
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"Estoy optimista de que la Corte Suprema de Chile falle a favor de la extradición de Fujimori, pero no vamos a especular. Esperemos la resolución y cuando la tengamos hablamos".

María Zavala Valladares
Ministra de Justicia
 
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